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MI PROTECCIÓN Y HERENCIA
MI PROTECCIÓN Y HERENCIA
Es un plan que protege financieramente a tu familia si falleces y también te protege a ti en caso de invalidez total y permanente.
En ambos escenarios, se paga una suma asegurada que tú defines al contratar, con el propósito de proveer para los nuestros aún en nuestra ausencia o imposibilidad.
Ideal para padres de familia que son el único o principal ingreso en el hogar.
Te cubre si, por enfermedad o accidente, pierdes la capacidad de trabajar de forma definitiva.
En ese caso, recibes la suma asegurada acordada, como si se tratara de un retiro anticipado, para ayudarte a mantener tu calidad de vida.
Además se pueden contratar otras coberturas como el pago de una renta mensual, extra a la indemnización. Como apoyo permanente.
Tus beneficiarios designados. Pueden ser tus hijos, pareja, padres u otro familiar directo que tú elijas.
Ellos reciben la suma asegurada en una sola exhibición, libre de impuestos.
Depende de tu estilo de vida y responsabilidades económicas.
Como guía, se recomienda asegurar entre 5 y 10 veces tu ingreso anual, o el equivalente al monto que tu familia necesitaría para vivir sin ti por varios años.
El seguro temporal te cubre por un plazo definido (ej. 10, 20 o 30 años), con primas más bajas.
El seguro vitalicio te cubre de por vida, y puede generar valor de rescate si lo cancelas después de cierto tiempo. Es también una forma de crear una herencia de manera inmediata desde el primer momento.
Invalidez parcial es cuando aún puedes trabajar, aunque con limitaciones (y no está cubierta por todos los planes).
Invalidez total y permanente es cuando pierdes por completo la capacidad de trabajar. Esta es la que sí cubren los planes de protección.
Es No, los seguros exclusivamente de vida con protección por fallecimiento e invalidez no son deducibles si no están ligados a un plan de retiro.
Pero el beneficio que reciben los beneficiarios está exento de impuestos.
Sí, pero dependerá del padecimiento. Hay cuatro posibilidades:
Que te acepten sin restricciones
Que te acepten con una extra prima por mayor riesgo
Que te acepten, pero excluyan la enfermedad preexistente
Que no seas candidato a asegurar (si el riesgo es muy alto)
Esto lo determinará el área de Selección Médica dentro de la Aseguradora (no depende del asesor), y se te hará saber el dictámen sobre tu póliza sin ningún compromiso de contratación.
Sí. La mayoría de los planes permiten aumentar o reducir aportaciones una vez al año, mediante un endoso de reestructura. Aunque en algunos casos para elevarla se te pueden solicitar datos o estudios extras para evaluar la situación de salud actual.
No necesariamente. Muchos seguros incluyen una cláusula de valor garantizado que permite que el contrato entre en modalidad saldada o prorrogada de manera automática:
Modalidad saldada: Se ajusta la cobertura para que dure hasta el final del plazo pactado, pero con una suma asegurada menor.
Modalidad prorrogada: Se mantiene la misma suma asegurada, pero la cobertura dura menos tiempo, usando el valor acumulado como si fueran pagos automáticos.
Esto evita la cancelación inmediata del seguro y te da tiempo para reactivar los pagos o decidir si quieres modificar el plan.
Sí. Puedes tener múltiples planes.
Esto te permite separar cada plan según las etapas de vida en las que te encuentres.
Los planes deben estar registrados y regulados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y cumplir con las disposiciones de la CONDUSEF.
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